La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por el ex gerente de Onda Jerez, Pedro Rollán, al fallo del Juzgado de lo Social número 3 de Jerez, que desestimaba la demanda interpuesta por Rollán contra Onda Jerez por despido improcedente. Al menos así lo ha anunciado hoy el gobierno municipal a través de un comunicado de prensa.
En el mismo afirma que el auto, con fecha 8 de enero de 2013, ratifica los puntos de la sentencia del Juzgado de lo Social de Jerez que recogía como hecho probado que Pedro Rollán prestaba servicios en Onda Jerez como director-gerente con un contrato de alta dirección suscrito desde el 17 de marzo de 2005.
Hay que recordar que el ex gerente de la televisión municipal interpuso una demanda por despido improcedente con fecha 8 de julio de 2011 alegando tener con la empresa una relación laboral común y no de alta dirección.
La sentencia emitida por el Alto Tribunal andaluz vuelve a ratificar que Pedro Rollán sí tenía un contrato de alta dirección en Onda Jerez, ya que, recoge textualmente el auto, “lo que realmente interesa es la existencia de una efectiva atribución de facultades de dirección así como del poder empresarial de decisión” y que, por tanto, no ha sido objeto de despido, habiendo quedada extinguida la relación laboral en debida forma por desistimiento unilateral del empresario.
Pedro Rollán fue cesado como gerente de Onda Jerez en una decisión que obedecía, según explicó la propia alcaldesa de Jerez, María José García-Pelayo, a una cuestión fundamentalmente económica. El comunicado del Ayuntamiento apunta que cuando el anterior gobierno socialista, presidido por Pilar Sánchez, contrató a Rollán en el año 2005 el gasto de personal en la televisión municipal era ya de 2,4 millones de euros, cantidad que llegó en 2010 a casi 3,4 millones de euros. Igualmente, las pérdidas no pararon de crecer al pasar de 676.242 euros en 2005 a 2.838.751 euros en 2010. A pesar de ello, el ex director-gerente cobró sueldos sucesivos en 2005 de 70.000 euros; 92.500 al año siguiente; en 2007, 92.000 euros; 94.700 un año después; en 2009, 85.500 y, finalmente, en 2010, 75.000 euros.