La alcaldesa, María José García-Pelayo, ha presentado el Plan Especial de Desarrollo de Actividades de la Zona de Viñas, un documento que sirve como punto de partida al Plan de Promoción de Desarrollo de Viñedos que se dio a conocer hace unos meses al sector hostelero y bodeguero de la ciudad. En el acto, celebrado como en aquella ocasión en el Consejo Regulador del Vino, y ante representantes de estos mismos sectores, han estado presentes el presidente de esta entidad, Beltrán Domecq, el primer teniente de alcaldesa, Antonio Saldaña, y el delegado de Urbanismo, Agustín Muñoz, que ha sido el encargado de explicar el Plan Especial, una herramienta que da cobertura legal a las actividades que se pongan en marcha para impulsar y revalorizar la zona de viñas.
La redacción del Plan Especial constituye la primera fase de un proyecto más amplio cuyas líneas generales se presentaron hace unos meses, tal y como ha recordado la alcaldesa. Define las actividades y usos que se pueden llevar a cabo en el territorio de viñas y agiliza su tramitación al contemplarlas y regularlas en un único documento, eliminando así la necesidad de elaborar proyectos de actuación específicos para cada actuación que ralentizarían los procedimientos.
El territorio de viñedos está catalogado en el PGOU en su mayor parte como suelo no urbanizable con especial protección-viñedos y tiene superficie aproximada de unas 9.000 hectáreas. “Es como un PGOU específico para el campo que permite poner en marcha iniciativas de desarrollo económico y a la vez, nos garantiza la protección del patrimonio existente”, ha señalado.
La idea de hacer un plan de promoción del territorio de viñas -según ha explicado Antonio Saldaña- surgió de “una visión de los agricultores, en concreto de Cristóbal Cantos, secretario general de Asaja, que fue el primero que nos habló de esta iniciativa y nos dijo que le gustaría que Jerez fuese algo parecido a la Toscana o al Napa Valley, para que la zona de viñedo se convierta en un importante atractivo cultural y turístico más. A partir de esa idea, la alcaldesa planteó unos objetivos y un plan de acción concreto que es el que estamos siguiendo”.
El Plan del viñedo se va a desarrollar en tres fases, según ha explicado Saldaña; una primera que es la redacción de este Plan Especial, y que es la que cuenta con una mayor participación de la Administración Local; una segunda fase consistente en la dotación de las infraestructuras básicas y generales, bien mediante la iniciativa privada o público-privada; y la tercera que es la destinada a la comercialización y difusión del proyecto, en el que se trabajará de la mano con propietarios y empresarios.
PLAN ESPECIAL
Tal y como ha reseñado Agustín Muñoz, la Delegación de Urbanismo ya finalizó la redacción del Plan Especial y actualmente se está elaborando el Estudio de Impacto Ambiental que necesariamente acompaña a este tipo de documentos; una vez esté concluido la Junta de Gobierno Local aprobará inicialmente el Plan Especial, que deberá de recibir los informes sectoriales de las administraciones competentes antes de ser aprobado definitivamente por el Pleno.
El principal objetivo del Plan Especial es definir, de acuerdo con la normativa andaluza, las actividades que pueden ser consideradas como de Interés Público en la zona de viñedo, así como establecer las condiciones que éstas deberán cumplir. “Al ser un Plan Especial que sirve como paraguas legal a un amplio grupo de actividades, se evita tener que elaborar proyectos de actuación individualizados que alargarían los trámites”, ha señalado Agustín Muñoz.
Dentro de los tres tipos de usos y actividades que se recoge en el PGOU en suelo no urbanizable, el Plan Especial regulará en un único documento un amplio abanico de Actuaciones de Interés Público en suelo no urbanizable, que se dividen en cuatro grupos: viviendas vinculadas a explotaciones del sector primario, que podrán construirse en los espacios contemplados en el Plan y conforme a una serie de requisitos; el segundo grupo son bodegas e industrias vinculadas a los viñedos, las cuales se admitirán siempre que estén ligadas a la producción de la propia finca.
El tercer grupo de actividades regulados por este Plan Especial se relacionan con la implantación, en edificios ya construidos, de equipamientos y usos recreativos vinculados al medio rural o natural, como son centros ecuestres, granjas escuela y equipamientos sanitarios, religiosos y educativos.
Y en cuarto lugar, se contempla un grupo de usos relativos a instalaciones hoteleras y hosteleras; en este caso, con el fin de preservar el patrimonio ya existente, se contemplan actuaciones de rehabilitación en edificios para ventas, restaurantes, mostos y hoteles.
El PGOU contempla también otro grupo de usos considerados Actuaciones de Interés Público, si bien, para que se puedan instalar requieren de la tramitación de un plan específico, y por tanto no están regulados por este Plan Especial. Son actuaciones relativas a infraestructura de comunicaciones y servicios y al aprovechamiento de energía renovable que requerirán de una tramitación diferente.
Asimismo, el PGOU regula también usos que no se consideran Actuaciones de Interés Público, que son los que no requieren de un proyecto de actuación y, por tanto, no son objeto de este Plan y se pueden implantar directamente, pidiendo licencia.