La Comisión de Pleno de Servicios a la Ciudadanía ha dictaminado favorablemente la aprobación definitiva de la ordenanza municipal sobre protección y tenencia de animales de compañía y potencialmente peligrosos de Jerez, que deberá ser ratificada por el Pleno ordinario este próximo viernes tras finalizar su periodo de exposición pública. Cabe recordar que la ordenanza se aprobó en Pleno con carácter inicial y tras el periodo de exposición pública se han resuelto las alegaciones presentadas para su aprobación definitiva.
La ordenanza tiene como principal objetivo adaptarse a la nueva normativa existente tanto a nivel autonómico como nacional en esta materia, ya que la ordenanza municipal data del año 2000. La delegada de Medio Ambiente y Deportes, Felisa Rosado, recuerda que “necesitaba una adaptación urgente ya que está totalmente obsoleta y con una carencia importante de normativas que han ido surgiendo durante los últimos 14 años”.
Recoge un “capítulo novedoso sobre la ejecución alternativa de sanciones económicas, a través del trabajo en beneficio de la comunidad, para aquellos propietarios de animales que no recojan los excrementos que depositen sus mascotas en la vía pública. Creemos que es una iniciativa que concienciará a los propietarios de las molestias que causan a la comunidad y de esta manera colaboren para mantener la calidad de vida de sus vecinos”, señala igualmente la delegada de Medio Ambiente y Deportes.
Tras el periodo de exposición pública de la ordenanza se han presentado un total de 39 alegaciones, procedentes especialmente de Izquierda Unida, la Unión de Criadores de Gallo Combatiente Español y Federación Andaluza de Defensores del Gallo Combatiente Español así como del club deportivo de criadores de palomas de razas ‘El Pago’, el club deportivo Colombicultora Sherry y sociedad Colombicultora de Guadalcacín.
En concreto, se han estimado en su totalidad ocho de las alegaciones presentadas, se ha estimado parcialmente una de ellas y se han desestimado las restantes.
El objetivo de la ordenanza es regular todos los aspectos relativos a la protección, tenencia, y venta de los animales de compañía, armonizando la convivencia de los mismos y las personas con los posibles riesgos para la sanidad ambiental, la salud, la tranquilidad ciudadana y la seguridad de personas y bienes. Para ello fija las atenciones mínimas que han de recibir los animales en cuanto a trato, higiene y cuidado, protección y transporte, y establece las normas sobre su estancia en establecimientos especializados, atención sanitaria, comercialización y venta.
También regula el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, contemplando la sujeción a Licencia, condiciones generales de la tenencia y régimen de registros. Se considera perros potencialmente peligrosos los ejemplares de las siguientes razas: pit bull terrier, staffordshire bull terrier, american staffodshire terrier, rottweiler, dogo argentino, fila brasileiro, tosa inu, akina inu y doberman. Asimismo, aunque no se encuentran en esta relación serán considerados perros potencialmente peligrosos todos aquellos que manifiesten un carácter marcadamente agresivo y que hayan sido objeto de al menos una denuncia.