Delinquió dos veces realizando la misma actividad en un solo día, y por eso precisamente la Audiencia Provincial ha considerado que se trató de un único delito y ha absuelto a un individuo juzgado por traficar con droga en la segunda de las ocasiones expuestas. Como consta en la sentencia, a la que Reporteros Jerez ha tenido acceso, queda probado que el procesado recibió un paquete postal desde Argentina el 6 de mayo de 2011, que contenía algo más de 172 gramos de cocaína.
Se da la circunstancia de que no pudo recoger la mercancía porque se encontraba detenido, ya que el mismo día se había hecho con otro paquete de similares características, en cuyo interior se hallaban casi 149 gramos de la misma sustancia. En el escrito, el juez explica que el sujeto ya fue condenado por esta última acción, lo que ha sustentado el fallo absolutorio en lo referido al otro paquete al considerar que se trató de una única actividad delictiva. En concreto, el magistrado argumenta que ambos hechos conforman un solo delito contra la salud pública puesto que “las distintas acciones de tráfico no son sino ejecuciones parciales y fragmentarias de un plan preconcebido”.
Siguiendo este razonamiento y como ya fue condenado por el primero de los hechos, el juez decreta que se trata de un asunto ya juzgado. Cabe señalar, además, que está prohibido someter a un proceso judicial a un imputado dos veces por la misma acción. Por todo ello, y a pesar de que se reconoce absolutamente su culpabilidad, la Sección Octava de la Audiencia Provincial le absuelve del delito contra la salud pública decretando el decomiso de la droga incautada y declarando de oficio las costas procesales.