Nuevo revés para la familia Ruiz-Mateos. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada en febrero de 2010 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que rechazó el recurso presentado por los Ruiz-Mateos contra la decisión adoptada en su momento por el Gobierno socialista de no retasar sus acciones en Galerías Preciados. Cabe recordar que en el mismo solicitaba una compensación por la expropiación de estos valores, que en su día formaron parte de Rumasa.
El alto tribunal avala todas las conclusiones a las que llegó en su día el TSJM para concluir que “no cabe apreciar incumplimiento de la obligación de pago o de consignación”.
En su día, el TSJM estableció que no existió en ningún momento obligación de pagar a los socios de Rumasa ningún precio por las acciones del Grupo Galerías Preciados S.A., en el cual indirectamente participaban con el 78,62% de las acciones. A partir de darse por recibido el balance definitivo de Rumasa, éste fue negativo (261.129.12.003 pesetas), y el valor de la acción se estableció en cero, según confirmaron dos sentencias del propio Tribunal Supremo.
Por esta razón, el Tribunal Superior de Madrid concluyó que nunca existió un justiprecio por la acción pues ésta era cero como consecuencia del saldo neto patrimonial negativo de la sociedad.