Un joven de 27 años perdió la vida el pasado 12 de octubre de 2012 como consecuencia de un accidente de tráfico. La persona con la que chocó y provocó el fatal desenlace ha sido ahora juzgada y condenada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Jerez a la pena de multa de 360 euros por una falta de lesiones por imprudencia, además de la correspondiente indemnización por responsabilidad civil de más de 100.000 euros que ya ha sido abonada a los familiares de la víctima. Como consta en la sentencia, a la que Reporteros Jerez ha tenido acceso, el chico iba circulando el día de autos con su ciclomotor por el camino de asfalto conocido como Cañada del León en sentido Rajamancera, cuando en el momento de coger una curva de reducida visibilidad vio interceptada su trayectoria por un tractor agrícola con remolque.
El vehículo en cuestión iba conducido por el condenado, Manuel R. C., que según la sentencia circulaba en sentido contrario aunque a escasa velocidad. La invasión del otro carril se produjo en casi toda su extensión, bien por una mera distracción del conductor o bien para facilitar el trazado de la curva con el fin de acceder a una finca de las proximidades. Lo cierto es que realizó la maniobra sin percatarse de la presencia del ciclomotor, que no pudo evitar la colisión frontal con el tractor y acabó saliendo despedido. El joven que iba al volante falleció como consecuencia del impacto. La víctima no llevaba casco protector cuando ocurrió el accidente, algo que sin embargo no resultó determinante para las lesiones sufridas.
Como argumenta el juez en el fallo, la pena impuesta está cimentada en un artículo del Código Penal en el que se especifica que “los que por imprudencia leve causaran la muerte de otra persona serán castigados con la pena de multa de uno a dos meses”. Unas lesiones, con independencia del resultado final de fallecimiento o no, que están tipificadas como falta y no como delito precisamente por esa calificación de imprudencia, lo que presupone una conducta “poco cuidadosa” pero carente de “malicia”. Es por eso que Manuel R. C. ha sido condenado a una multa de 6 euros diarios durante 60 días (lo que equivale a 360), más un año de privación en la conducción de cualquier vehículo a motor o ciclomotor. La familia de la víctima, como se ha señalado anteriormente, ya había sido indemnizada previamente al juicio por responsabilidad penal con algo más de 100.000 euros.