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Los locales comerciales podrán tener más de una actividad para hacerlos más competitivos

Los locales comerciales podrán compatibilizar más de una actividad para optimizar su uso y adaptarlos a las necesidades del momento. Esta es otra de las 30 normas que se han revisado para actualizarlas a la realidad en la modificación del PGOU que está tramitando el Ayuntamiento al objeto de simplificar procedimientos urbanísticos, ahorrar costes a los ciudadanos y  favorecer la actividad económica.

Actualmente, la normativa sobre ocupación en un mismo edificio no permite que el pequeño o mediano comercio, como puede ser una cafetería o una tienda de ropa, pueda tener  otra actividad complementaria,  por lo que esta modificación permitirá diversificar las posibilidades de uso para los negocios, de tal manera que un mismo establecimiento pueda compartir distintas actividades, siempre que todas cumplan la normativa urbanística y los usos propuestos sean compatibles entre sí; por ejemplo, que una librería pueda contar con una zona de restauración.

El objetivo es, según ha explicado el delegado de Urbanismo, Agustín Muñoz, “es que los negocios tengan posibilidad de diversificar su oferta y sean así más competitivos. Con esta finalidad, la norma modificada les permitirá adaptarse a las nuevas oportunidades de negocio que van surgiendo”.

Este artículo relativo a los criterios de ocupación dentro de un mismo edificio es otra de las más de 30 normas urbanísticas rectificadas y actualizadas en el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbanística que está tramitando en el Ayuntamiento, y que ya se encuentra en la recta final, después de que el Pleno de marzo aprobase el documento con las aportaciones resultantes de las alegaciones admitidas.

Este documento ya ha sido entregado a la Junta de de Andalucía para que emita el correspondiente informe previo a su aprobación definitiva por parte del Pleno.

Entre otras cuestiones importantes que incorpora esta modificación del PGOU, figura también la posibilidad, de acuerdo con la legislación autonómica, de implantar apartamentos turísticos en edificios que alberguen viviendas particulares, pudiéndose compatibilizar ambos usos, tal y como dispone la normativa de turismo autonómica.

Como ha explicado Agustín Muñoz, esta cuestión permitiría por ejemplo, “destinar a uso turístico edificios existentes en el centro histórico y reservarse sus propietarios una parte para vivienda propia, con lo que se podrían abrir nuevas e interesantes posibilidades para la recuperación del patrimonio histórico”.

Otros asuntos a destacar son las facilidades que se ofrecerán a partir de ahora para la implantación de oficinas de servicios y despachos profesionales compartiendo espacio con las viviendas, adaptándose, así a nuevas formas de negocio.

Asimismo, se simplificarán procedimientos de licencias para determinadas obras en fachadas que no tengan trascendencia sobre la configuración interior del edificio.

Como ya se ha avanzado, la modificación del PGOU permitirá también que los titulares de vados no tengan que soportar el coste de reponer el acerado cuando soliciten su baja; únicamente será obligatorio restablecer el acerado cuando se solicite la baja en la placa de vados y se elimine toda posibilidad de volver a utilizar ese acceso rodado al garaje, es decir, cuando se modifique el hueco de acceso de forma que el garaje ya no pueda volver a tener su uso habitual de estacionamiento.

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